29 de abril de 2024

Facilitarían en Veracruz validación de actas de nacimiento extranjeras

• Propone diputado Juan Enrique Santos Mendoza hacer más accesible la expedición de estos documentos en los registros civiles del estado.

Una adición al artículo 675 del Código Civil del estado, propuso el diputado Juan Enrique Santos Mendoza, para que se elimine el requisito de apostillar o legalizar consularmente los certificados o actas de nacimiento de las personas nacidas en el exterior del país.

Durante la Tercera Sesión Ordinaria del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, al exponer su proyecto ante el Pleno, el legislador explicó que, para realizar dicho procedimiento, bastará con presentar original o copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicanos.

Además, las y los interesados deberán presentar el certificado o acta de nacimiento extranjero, siendo optativo que estén legalizados por las autoridades consulares correspondientes o traducidos al español.

Lo mismo aplicará cuando se solicite la inscripción o inserción del registro de nacimiento ante los registros civiles del estado de personas con derecho a la nacionalidad mexicana, nacidas en el extranjero, siempre y cuando, bajo protesta de decir verdad, manifiesten que no se ha realizado la inscripción de su nacimiento ante los consulados de México en el exterior y no sea posible su verificación electrónica ante la autoridad emisora de dichos documentos.

El legislador dijo que, de aprobarse su planteamiento, el trámite burocrático sería más ágil y se eliminaría cualquier barrera que impida, en los hechos, el acceso a la nacionalidad mexicana. Para las familias veracruzanas que han tenido hijas e hijos en el extranjero sería más accesible obtener sus actas de nacimiento en los registros civiles del estado.

Juan Enrique Santos ejemplificó que estados como Tlaxcala ya han emprendido reformas legales y administrativas para eliminar la apostilla o legalización consular como requisito indispensable para que sean válidos los certificados o actas de nacimiento emitidos en otro país con la finalidad de facilitar a las personas mexicanas nacidas en el exterior su acceso a sus derechos de contar con su acta de nacimiento y obtener su Clave Única de Registro de Población (CURP).

Con la adhesión de la diputada Perla Eufemia Romero Rodríguez y del legislador Rafael Gustavo Fararoni Magaña, la Iniciativa de Decreto que adiciona un segundo párrafo al Artículo 675 del Código Civil del estado fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.