3 de mayo de 2024

Dar certeza a donaciones y desincorporación de bienes municipales en cierre de administraciones pide Guzmán Ricardez

– Se han dado enajenaciones de manera desproporcionada y sin justificación relacionada con el interés público.

Xalapa, Veracruz., 9 de Diciembre de 2021.- Con el propósito de proteger el patrimonio municipal ante el cierre de los gobiernos locales, el diputado local Sergio Lenin Guzmán Ricardez propuso al Pleno de la LXVI Legislatura, hacer saber a los 212 municipios del estado sobre los trámites de enajenación de bienes y los plazos ya previstos en la ley.

El legislador por el Distrito local XXX, Coatzacoalcos II, precisó que en la reforma de 2018 a la Ley Orgánica del Municipio Libre se estableció que las solicitudes de enajenación, gravamen, transmisión de la posesión o dominio de bienes, así como en los casos de la transmisión en forma gratuita o donación de la propiedad, y el uso o disfrute de los bienes del municipio, durante el último año del periodo constitucional de la administración saliente, éstas sólo podrán autorizarse hasta tres meses antes de que concluya el periodo de gobierno correspondiente.

“Lamentablemente la mayoría de las autoridades municipales omiten esta regla y realizan solicitudes que por su naturaleza llevan tiempo para su análisis y dictaminación, y las solicitudes, aunque presentadas en tiempo y forma, su desahogo -de acuerdo con el proceso legislativo- se detiene durante el periodo que señala la ley, que impide otorgar las correspondientes autorizaciones”, expresó desde Tribuna.

Su punto de acuerdo, dijo, no busca impedir la facultad de los ayuntamientos para determinar las enajenaciones que cumplan con la norma establecida, sino tener más transparencia en esas acciones y que no se incurra en el abuso de enajenar los bienes precisamente cuando las administraciones municipales están por concluir sus funciones.

Por lo anterior, consideró necesario que desde esta Soberanía se haga saber a las 212 autoridades municipales sobre los trámites de las solicitudes de autorización para enajenación onerosa o gratuita, transmisión del dominio de bienes, así como el uso o disfrute de éstos, queda suspendida durante el periodo comprendido de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año en curso, de acuerdo con lo establecido en las fracciones d) y e) de la fracción XVI, del Artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Y, agregó, que de la misma manera se comunique que todas las solicitudes presentadas con anterioridad al trimestre de octubre a diciembre de 2021 y durante éste, podrán dárseles continuidad para su debido trámite, si las administraciones municipales en funciones para el periodo 2022-2025 lo hacen saber por escrito a esta Soberanía por medio de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, siempre que el expediente correspondiente ya se encuentre radicado en dicho órgano legislativo.