26 de abril de 2024

Avalan sancionar con hasta 7 años de prisión a quienes tomen casetas con fines de lucro

Con el objetivo proteger la vida y los bienes de las personas que transitan por las carreteras de cuota del país, con 75 votos a favor, 12 en contra y tres abstenciones, el Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen por el que se establecen sanciones a personas que, con el fin de obtener un lucro, interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje. 

El proyecto de decreto que reforma el artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación establece que estas acciones serán castigadas de tres meses a siete años de prisión, así como con multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medidas y Actualización.

Esta sanción también aplicará para quienes interrumpan la construcción de dichas vías o que total o particularmente, interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación.

Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Comunicaciones y Transporte, senadora Lucy Meza (Morena) comentó que el Estado tiene la obligación de garantizar y castigar aquellas prácticas que afecten las finanzas públicas y los derechos de terceras personas, por lo que es necesario implementar acciones para evitar estas conductas.

“Tenemos que frenar estas prácticas ilegales que se han presentado en distintas casetas del peaje del país, en donde grupos sociales toman las vías de comunicación y las casetas de peaje para protestar, pero terminan cobrando por el cruce de vehículos”, agregó la legisladora.