23 de abril de 2024

NOTA ACLARATORIA con relación a la nota «Detectan anomalías en nómina», publicada el jueves 8 de julio en El Heraldo.

Ciudad de México, 9 de julio de 2021

Con relación a la nota Detectan anomalías en nómina, publicada el jueves 8 de julio en El Heraldo, la Secretaría de Economía hace las siguientes precisiones:

El pago de servicios personales a través de las nóminas, corresponde al rubro “Servicios Personales del Clasificador por Objeto del Gasto”, de conformidad con el catálogo establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), rubro que está autorizado y controlado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio fiscal (Presupuesto), y que es de consulta pública.

Al respecto, el rubro señalado, tiene controles automatizados y es materialmente imposible erogar más recursos que los autorizados en el Presupuesto; adicionalmente, dichos recursos están vinculados estrictamente a las plazas presupuestarias que tienen registro y autorización en la SHCP, de acuerdo con la estructura organizacional y la plantilla con registro y control en esa dependencia.

La información que respalda el pago efectivo de la nómina de servicios personales, está contenida en registros electrónicos vinculados con los recursos presupuestarios autorizados y ejercidos, de los cuales se reportan, para efectos de control, transparencia y rendición de cuentas, trimestralmente y en la Cuenta pública anual, que es información que se publica y entrega al Congreso de la Unión.

En este sentido, la información publicada corresponde a una auditoría aplicada por el Órgano Interno de Control (OIC) en la Secretaría de Economía, misma que aún no ha concluido y cuya información, entregada para solventar observaciones, aún no es dictaminada; es decir, es información sujeta a aclaración por parte de la instancia auditada.

No obstante, el área responsable entregó, entre otras aclaraciones, la validación y el encuadre de las diferencias observadas y citadas en la “Cedula de Observaciones” de dicha auditoría, entre el monto reportado en las nóminas de 2019 y 2020 y el archivo de dispersión, en el que se muestra que las diferencias son resultado, de algunos casos, en que el RFC es diferente en el archivo de nómina en formato Excel y el archivo de dispersión, esto sucede tanto para el personal de estructura como para los beneficiarios de pensión alimenticia.

Además, en el archivo de nómina sólo se reflejan los empleados de la Secretaría de Economía y en el archivo de dispersión se incluyen las beneficiarias/beneficiarios de pensión alimenticia.

Asimismo, se entregó el resultado de las acciones correctivas respecto al RFC, es decir, tanto en el archivo de dispersión como en el archivo de nómina en formato Excel, por lo que ya no existen diferencias.

Por lo anterior, resulta equivocada la afirmación de que la directora general de Recursos Humanos de la Secretaría de Economía “debe proporcionar evidencia documental que acredite que las diferencias detectadas entre el monto dispersado y la nómina generada en las 24 quincenas de 2019 y 2020”, toda vez que las observaciones han sido debidamente atendidas.

Adicionalmente, la información también se reporta y se publica en el Sistema de Obligaciones de Transparencia (SIPOT), cumpliendo con la obligación de reportar lo establecido en las fracciones VIII, X y XXIV del artículo 70, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual establece lo siguiente:

  • VIII.- La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.
  • X.- El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.
  • XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan;

En conclusión, jurídica y presupuestariamente, no existe irregularidad en el pago de las nóminas de 2019 y 2020, por lo que las aseveraciones de la nota resultan erróneas.