18 de abril de 2024

La Cámara de Diputados fortaleció el marco jurídico en favor de los derechos políticos de las mujeres


• Obligatorio, observar el principio de paridad en la integración de los Poderes de la Unión

• También impulsó su participación en la Banca de Desarrollo

La LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados emprendió reformas constitucionales en materia de igualdad y paridad de género, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en el país, así como modificaciones a la Ley de Instituciones de Crédito, con el fin de otorgarles una mayor participación en la Banca de Desarrollo.

Derechos políticos de las mujeres

Con las reformas a los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política, publicadas el 6 de junio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se estableció la obligatoriedad constitucional de observar el principio de paridad en la integración de los Poderes de la Unión. El mismo esquema será para los estados, así como en la integración de los ayuntamientos.

Asimismo, la obligación de observar el principio de paridad de género en la elección de representantes ante los ayuntamientos en municipios con población indígena, los nombramientos de titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas, así como en la integración de los organismos autónomos. 

También, en la postulación de candidaturas de los partidos políticos a los distintos cargos de elección popular, la elección de diputados y senadores por el principio de representación proporcional, en listas encabezadas alternadamente entre mujeres y hombres cada periodo electivo; los concursos abiertos para la integración de los órganos jurisdiccionales, y la integración de los ayuntamientos municipales.

Paridad en la Banca de Desarrollo

Las reformas al primer párrafo del artículo 40 y la adición de un segundo párrafo del artículo 44 Bis 4 de la Ley de Instituciones de Crédito, tuvieron como propósito que los consejos directivos encargados de la administración de las instituciones de Banca de Desarrollo, se integren por consejeros independientes y de forma paritaria, y a una dirección general, en los términos de sus propias leyes orgánicas. 

Asimismo, para que instituciones de Banca de Desarrollo, fideicomisos públicos del Gobierno Federal para el fomento económico que realicen actividades financieras, y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, prioricen programas y proyectos que atiendan las necesidades específicas de mujeres en materia de ahorro, inversión, crédito y mecanismos de protección. El decreto se publicó en el DOF el 4 de junio de 2019.