- El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), en conjunto con la Coordinación General de Ganadería, operará la NOM-001-SAG/GAN-2015.
- De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, su observancia es obligatoria para criadores, desarrolladores, introductores, engordadores, comercializadores, acopiadores, establecimientos de sacrificio, estaciones cuarentenarias y puntos de verificación zoosanitaria.
Con el objetivo de fortalecer el control sanitario, la rastreabilidad, trazabilidad y contribuir el combate del abigeato de bovinos y colmenas, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural transfirió al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) la operación del Sistema Nacional de Identificación Individual de ganado bovino y colmenas.
El Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece que la NOM-001-SAG/GAN-2015 —que operará ahora el organismo de Agricultura en conjunto con la Coordinación General de Ganadería— faculta a la autoridad sanitaria para ejecutar la transferencia de la información, registros y sistemas de identificación individuales.
Su observancia es obligatoria para los propietarios o poseedores, exportadores e importadores de bovinos y colmenas, entre ellos: criadores, desarrolladores, introductores, engordadores, comercializadores, acopiadores, establecimientos de sacrificio, estaciones cuarentenarias y puntos de verificación zoosanitaria.
Las direcciones generales de Salud Animal, Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera e Inspección Fitozoosanitaria del Senasica serán las encargadas de regir los Criterios Técnicos en Materia de Identificación Animal para la reposición de Dispositivos de Identificación Oficial y los Criterios Técnicos para que todos los Establecimientos de Sacrificio exijan la identificación oficial a los bovinos que ingresan para su proceso.